Se avivan campañas contra el arbitraje de inversiones a raíz del tratado UE-Singapur

Por CIAR Global | 15-2-19

Se avivan campañas contra el arbitraje de inversiones a raíz del tratado UE-Singapur

La reciente firma del acuerdo Singapur-Unión Europea ha avivado las campañas contra el arbitraje de inversiones incluido en los acuerdos de comercio e inversión. La campaña “Derechos para las Personas, Obligaciones para las Multinacionales – Stop ISDS” es una campaña formada por organizaciones de la sociedad civil, partidos políticos, sindicatos, asociaciones profesionales y otras entidades que se muestran en contra del actual mecanismo de arbitraje de inversión, así como de las nuevas fórmulas que baraja la UE.

El pasado 13 de enero el acuerdo de comercio e inversión entre la UE y Singapur recibió la aprobación del Parlamento Europeo que también ha dado luz verde al Acuerdo de Asociación y Cooperación.

Singapur es el mayor socio comercial de la UE en el sudeste asiático (más de 10.000 empresas de la UE están establecidas en Singapur como vía de entrada a toda la región del Pacífico).

El acuerdo reemplaza 12 tratados entre miembros UE y Singapur

El acuerdo de protección de la inversión garantizará un alto nivel de protección de la inversión, al tiempo que salvaguardará los derechos de la UE y Singapur para regular políticas públicas como la protección de la salud pública, la seguridad y el medio ambiente.

El documento reemplazará los 12 tratados bilaterales de inversión existentes entre miembros de la UE y Singapur y establece un marco común de protección de la inversión con un sistema de tribunales de inversión (ICS o Investment Court System) para resolver disputas de inversión.

En la nota de prensa publicada por la Comisión de Comercio de la UE se aclara que : “El acuerdo comercial también incluye un capítulo completo sobre comercio y desarrollo sostenible que establece los estándares más altos de trabajo, seguridad, protección ambiental y del consumidor para el comercio y la inversión entre las partes ; así como el fortalecimiento de acciones conjuntas sobre desarrollo sostenible y cambio climático“.

Los activistas contra la cláusula de “expectativas legítimas”

En relación con el acuerdo con Singapur explican que : “este acuerdo es aún más peligroso que el CETA o el tratado con Japón. Entre otras cosas, mantiene la cláusula legal de ‘expectativas legítimas’, a través de la cual, muchos inversores han demandado a otros gobiernos aludiendo que las regulaciones medioambientales y de salud pública van en contra de sus beneficios económicos de las inversiones presentes o futuras”.

El movimiento “no al TTIP” rechaza : “las actuales negociaciones de estos tratados por parte de la Unión Europea, llevadas a cabo con gran opacidad”, y exigen “un debate político transparente y democrático”.

Los activistas reclaman : “una política económica y comercial que sirva para el interés público y actúe en favor de un futuro común. No podemos tolerar tratados de comercio e inversión que afectan negativamente a nuestras vidas, especialmente las más vulnerables, y que están diseñados exclusivamente para defender y perpetuar un sistema económico en profunda crisis, tanto social como económica y medioambiental.”

Los organizadores piden : “un instrumento internacional vinculante, así como leyes nacionales, que obliguen a las empresas transnacionales a cumplir con los Derechos Humanos”.

El arbitraje del acuerdo UE-Singapur

El acuerdo contiene el nuevo funcionamiento del arbitraje de inversiones en el que ha estado trabajando la UE. Entre otros, Ciadi ha sido designado como Secretariado de los Tribunales de Primera Instancia y Apelaciones.

Según lo comunicado por la Comisión Europea en abril de 2018 : “El Acuerdo contiene además todas las innovaciones del nuevo enfoque de la UE de protección de las inversiones, así como de sus mecanismos de garantía de cumplimiento, que no están presentes en los doce tratados bilaterales de inversión vigentes entre los Estados miembros de la UE y Singapur, a los que el API sustituirá.”

En este documento se expresa que : “En lo que respecta a la financiación del Sistema de Tribunales de Inversiones del API UE-Singapur, se aportará una contribución a una « estructura existente » (a saber, el CIADI) para que canalice los honorarios que se han de pagar a los jueces que componen el Sistema de Tribunales de Inversiones (STI). Los honorarios de gestión de los asuntos solo podrían materializarse si surge una diferencia ; de lo contrario, los servicios de secretariado del CIADI serían gratuitos.”

El Capítulo 14 del Acuerdo de Libre Comercio “Dispute Settlement” determina el arreglo de diferencias y los artículos 14-A las normas del procedimiento de arbitraje y 14-B el Código de Conducta para Árbitros y Mediadores.

El Artículo 3.6 “Submission of Claims to Tribunal” del Capítulo 3 del API explica como en el plazo de tres meses desde la fecha de notificación de la intención de someter la controversia a arbitraje, el demandante podrá hacerlo en virtud del :

Convenio sobre Arreglo de Diferencias Relativas Inversiones entre Estados y Nacionales de Otros Estados” (el Convenio del CIADI),
del Reglamento del Mecanismo Complementario del CIADI,
del reglamento de arbitraje de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional o de cualquier otro reglamento si las partes contendientes lo acuerdan.
El acuerdo, entre otros, además de regular el Third Party Funding, establece un Tribunal de Primera Instancia y un Tribunal de Apelaciones.

El Artículo 3.10 “Appeal Tribunal” trata la regulación del Tribunal de Apelaciones y, entre otros, explica que cuando el acuerdo entre en vigor, los seis miembros serán nombradas por períodos de ocho años. La UE designará dos, Singapur otros dos y dos serán propuestos conjuntamente.

source: CIAR Global