Por CIAR Global | 2 de diciembre de 2024
Cervecera presenta arbitraje de inversión contra Perú en CIADI
La compañía cervecera Backus (Reino Unido) ha presentado un arbitraje de inversiones contra Perú por una reclamación de impuestos durante periodos comprendidos entre 2014 y 2019, tras una decisión del Tribunal Fiscal peruano que ratifica la deuda de Backus de más de 1.600 millones de soles sobre el Impuesto Selectivo al Consumo (ISC).
La Unión de Cervecerías Peruanas Backus y Johnston ha presentado ante la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) un Hecho de Importancia en el que informan de la presentación de un arbitraje contra Perú ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI), en el marco del Tratado celebrado entre el Gobierno del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y el Gobierno de la República del Perú para la Promoción y Protección de Inversiones de 1993.
La compañía pide una indemnización por los daños sufridos a consecuencia del incumplimiento de obligaciones establecidas en el tratado derivadas “de ciertos actos y omisiones relacionados con las medidas fiscales que el gobierno llevó a cabo, lo que resultó en procesos de cobro por supuestas deudas tributarias y la denegación de solicitudes de reembolso de impuestos.”
En agosto de este año, el Tribunal Fiscal, dependiente del Ministerio de Economía y Finanzas del Perú, ratificó la deuda de Backus de más de 1.600 millones /S (cerca de 426 millones $) por parte de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) sobre el ISC referido al periodos comprendidos entre 2014 y 2019.
En tres hechos de importancia comunicados a la SMV en agosto, Backus informo de que la SUNAT, “desconociendo la vigencia y aplicación del artículo 7 de la Decisión 600 de la Comunidad Andina, determinó supuestas deudas tributarias por concepto de ISC por los períodos 2014 a 2017, ante lo cual Backus recurrió en vía de apelación al Tribunal Fiscal, última instancia administrativa en materia tributaria. Pese a la referida posición de la SUNAT, el Tribunal Fiscal ha resuelto en el sentido de no reconocer la aplicación de la normativa andina y, por ende, confirmar la determinación de la deuda tributaria.”