Derechos digitales y cultura

El mecanismo del arbitraje de disputas inversionistas- estado (ISDS), de los tratados de comercio e inversión, plantea problemas específicos para los derechos digitales y la cultura, ya que las corporaciones pueden impugnar las leyes sobre derechos de autor, entre otrass, aquéllas sobre software de código abierto y temas de privacidad.

El capítulo sobre propiedad intelectual del Acuerdo Estratégico Trans Pacífico de Asociación Económica (TPP) favorece los derechos de las corporaciones dueñas de estos derechos, a expensas del público. Los plazos de los derechos de autor se extenderán, aún si estos corresponden a un uso no comercial del contenido regulado por estos derechos para la creación de una nueva obra. Usos como parodias, nuevas versiones, análisis y comentarios podrían ser prohibidos. Las grandes corporaciones de multimedia podrían controlar lo que el público podría y lo que no podría compartir por internet, restringiendo la libertad de expresión.

Alguien que esté manipulando un archivo o un dispositivo que contenga trabajo con derecho de autor, podría ser legalmente demandado por esto (penalmente, si se puede demostrar que es deliberado o con algún motivo comercial), aun cuando no se haya cometido infracción al derecho de autor. Y si un país perteneciente al TPP flexibiliza estas reglas a nivel nacional, podría enfrentar una disputa ISDS.

El flujo de datos a través de Internet sigue la misma lógica. La transferencia de datos personales entre países puede ser usada para comercio electrónico o programas de vigilancia masiva. En Europa, el acuerdo trans atlántico Safe Harbour Agreement permite a las empresas de Estados Unidos transferir datos personales hacia los Estados Unidos, sin las suficientes garantías para la privacidad de los ciudadanos de la Unión Europea. Sin embargo, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea lo dictaminó inválido en octubre de 2015. Podría ser reemplazada por una propuesta de la Comisión Europea, el “Escudo de Privacidad”, que no sería, de hecho, garantía de privacidad y seguridad, de acuerdo con las organizaciones de la sociedad civil.

El TPP incentiva a las partes a promover la compatibilidad entre las normas de privacidad. Esto significa que los países con leyes que garantizan la protección de los datos personales deben considerar a las regulaciones más débiles de otros países como equivalentes a las suyas, de manera de facilitar el intercambio de datos a través de las fronteras.

Pero si las autoridades públicas nacionales suspenden la transferencia de datos personales hacia los países extranjeros, lo que es permitido en los acuerdos internacionales de inversión, los inversionistas extranjeros podrían fácilmente iniciar una disputa bajo el mecanismo del ISDS.

Además, el TPP y el capítulo que se filtró sobre comercio electrónico del Tratado Internacional de Servicios (TiSA), prohíben a cualquiera de las partes pedir que el código fuente de los software de ventas masivas sea entregado en forma abierta por los proveedores de servicios de otra de las partes. La producción, desarrollo y distribución de software de código abierto y de libre acceso podría verse debilitada de manera significativa. Esto también podría impedir a los países abordar incidentes de seguridad de los softwares para lo cual se requiere el acceso al código fuente del software.

Con las nuevas generaciones de acuerdos comerciales, cualquier ley nacional que haga cumplir el derecho a la privacidad, al software de código abierto y a la creación artística podría gatillar una disputa bajo las reglas del ISDS. Estos asuntos podrían llegar a ser cada vez más numerosos en un futuro no lejano, debido al uso creciente de contenidos digitales y la Internet.

(Febrero de 2016)