First Majestic inicia disputa contra México bajo el TLCAN

Por Roberto Morales | 2-3-21

First Majestic inicia disputa contra México bajo el TLCAN

El caso se da en el marco del Capítulo 11 de este acuerdo pues involucra inversiones establecidas o adquiridas mientras aún estaba en vigencia.

La empresa canadiense First Majestic Silver Corp. anunció este martes que inició un caso contra México por afectaciones en sus inversiones en el marco del Capítulo 11 del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN).

First Majestic ha presentado una Solicitud de Arbitraje al Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI), por cuenta propia y por cuenta de Primero Empresa Minera (PEM), su subsidiaria en México.

First Majestic considera que las acciones del Gobierno son contrarias a los términos del Acuerdo Anticipado de Precios (AAP), que estableció la metodología para determinar los ingresos e impuestos de PEM para los años fiscales 2010 a 2014 y que, según el abogado mexicano de la Compañía, sigue siendo válido de acuerdo con el Código Fiscal de la Federación Mexicana a menos y hasta que sea anulado por un Tribunal de última instancia.

El acuerdo anticipado de precios permitía a PEM pagar impuestos por los precios efectivos de la plata.

En virtud de un contrato de venta futura, PEM vendía la mayor parte de la plata a Wheaton Precious Metals por alrededor de 4 dólares por onza, muy por debajo del precio spot.

Inicialmente, en 2004, empresas afiliadas de Goldcorp celebraron un acuerdo con Wheaton en relación con la mina San Dimas y otras dos minas en México.

Según ese contrato, Goldcorp recibió efectivo y valores a cambio de una obligación de vender cierta plata extraída de las minas a un precio establecido.

Con el fin de cumplir con sus obligaciones en virtud del contrato, Goldcorp realizó ventas a través de una subsidiaria no mexicana a una empresa de Wheaton en las Islas Caimán (SWC).

Luego de la adquisición de la mina San Dimas por parte de PEM, el contrato fue enmendado y reformulado y PEM asumió todas las obligaciones de Goldcorp con respecto a la concesión de la mina San Dimas.

Pero en 2015, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) inició un proceso judicial buscando anular el Acuerdo Anticipado de Precios.

Para ciertos reclamos presentados por inversionistas contra una Parte del TLCAN que involucran inversiones establecidas o adquiridas mientras el TLCAN estaba en vigencia y que todavía existen cuando el T-MEC entre en vigencia, el Artículo 14-C.1 permite que las disposiciones pertinentes del TLCAN se apliquen durante tres años después de terminado el TLCAN.

roberto.morales@eleconomista.mx

Fuente: El Economista