CETA - La democracia en venta

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TNI | 19 septiembre 2016

CETA - La democracia en venta (versión 2016)

El Acuerdo Económico y Comercial Global (CETA) entre la UE y Canadá es mucho menos conocido que su homólogo entre la UE y los Estados Unidos, el TTIP, pero este informe revela que representa una seria amenaza a las medidas públicas para proteger a las personas y el ambiente.

Nota: esta es una versión actualizada de un informe anterior con el mismo nombre que publicamos en noviembre de 2014.

Resumen ejecutivo

El 26 de septiembre de 2014, Canadá y la Unión Europea (UE) anunciaron la conclusión de un ambicioso acuerdo de integración económica, el Acuerdo Económico y Comercial Global (AECG; CETA por su sigla en inglés y de uso más extendido, por lo que es la que usaremos en este informe). El acuerdo incluía un mecanismo de solución de controversias entre inversores y Estados (ISDS) —al que más tarde, en febrero de 2016, se le dio un cambio de imagen y se le cambió el nombre por el de Sistema de Tribunales de Inversiones (ICS)— que podría desencadenar un auge de demandas de grandes empresas contra Canadá, la UE y Estados miembros de la UE, y que podría constituir una grave amenaza a las iniciativas de los Gobiernos para proteger a la ciudadanía y el medio ambiente.

El ICS, un mecanismo de ISDS, concede a las grandes empresas extranjeras la potestad de demandar directamente a los países ante tribunales internacionales y exigirles una indemnización por adoptar salvaguardias en materia de salud, medio ambiente, finanzas u otras medidas internas que, en opinión de dichas empresas, socaven sus derechos. La resolución de estas demandas inversor-Estado depende de árbitros comerciales privados a los que se les paga por cada caso que examinan, y que muestran una clara tendencia a interpretar la ley en favor de los inversores. Aunque la Comisión Europea asegura que estos tribunales son ‘públicos’, la mayor asociación de jueces y fiscales de Alemania apunta que ni el procedimiento propuesto para designar a los integrantes del ICS ni su posición cumplen con los requisitos internacionales mínimos de independencia de los tribunales, y que el ICS no es un tribunal internacional, sino más bien un tribunal de arbitraje permanente.

El ICS puede impedir que los Gobiernos actúen en el interés público, tanto de forma directa, cuando una gran empresa demanda a un Estado, como indirecta, al desincentivar que se adopten determina- das leyes por miedo a provocar una demanda. En todo el mundo, los inversores han impugnado leyes que protegen la salud pública, como leyes antitabaco, prohibiciones sobre el uso de productos tóxicos o de la explotación minera, normas que requieren que se realicen evaluaciones de impacto ambiental y otras leyes relacionadas con residuos peligrosos, medidas tributarias y políticas fiscales.

Descargar el informe (pdf, 1.09 MB)

source: TNI